Recientemente, la Comunidad de Madrid ha lanzado las bases reguladoras para la concesión de subvenciones. Las mismas, se otorgarán a entidades sin fines de lucro que se dediquen al desarrollo de proyectos vinculados especialmente a la atención de personas pertenecientes a la comunidad LGBTI y se encuentren en particular situación de vulnerabilidad.
Objetivos
El principal objetivo de este accionar anunciado en el mes de agosto por la Comunidad de Madrid, tiene que ver con promover la igualdad real y el derecho de cualquier persona a la no discriminación por identidad de género u orientación sexual. Esto se da en el marco de diferentes normativas institucionales.
Modificaciones
En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, se afirma que:
“En las bases reguladoras vigentes hasta la fecha existía la opción de financiar acciones subvencionables dirigidas a la atención individual o grupal o la información del colectivo LGTBI. No obstante, el Decreto 279/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad radica las competencias LGTBI en la Dirección General de Igualdad, lo que obliga a modificar las bases reguladoras.
También se introducen algunas modificaciones que se justifican por la experiencia acumulada en la tramitación de esta línea de subvenciones, y tendentes a mejorar la tramitación de las convocatorias anuales, referidas a la cuantía subvencionable que se eleva para los proyectos de acogida, y sobre todo para los de redes, buscando que puedan tener un mayor impacto social. Se revisan los criterios de valoración de los proyectos presentados, desglosando además los subcriterios a aplicar para hacer más transparente la adjudicación, buscando la calidad de los proyectos a los que se concede la subvención por lo que se eleva el mínimo subvencionable, también se incluye como criterio transversal de esta línea de subvenciones la innovación social promoviendo la importancia en la acción subvencionable de redes.”
Además de lo anteriormente mencionado, el Boletín incluye en la justificación de las subvenciones la modalidad de cuentas justificativas simplificadas. Brinda la posibilidad de que las entidades usen la justificación a través de informe de auditor, permitiendo la imputación del gasto en la subvención.
Acciones objeto de subvención
La actualización del Boletín Oficial indica que pueden ser objeto de subvención acciones tales como las siguientes:
- Integración de personas vulnerables, acogida e inserción, conocimiento de derechos y obligaciones, seguimiento para la autonomía personal e incorporación en sociedad
- Atención a personas aisladas o población desplaza por políticas de Estado
- Sensibilización y fomento de convivencia
- Redes en que se ejecuten proyectos que puedan encuadrarse en apartados como los anteriores
En cuanto a los objetivos de las subvenciones, la actualización de las bases reguladoras publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid indica que:
“La finalidad de las ayudas objeto de esta orden es reforzar las acciones de integración e inclusión realizadas por entidades sin fin de lucro, a través de la financiación de proyectos que estén dirigidos a la población vulnerable de la Comunidad de Madrid, con especial énfasis en grupos de población concretos, tales como la población asilada y desplazada, pero sin excluir al resto de colectivos y personas en situación de vulnerabilidad. También se pretende con estas ayudas potenciar la colaboración entre entidades mediante redes que permitan unir sinergias y esfuerzos que multipliquen los efectos positivos de sus acciones. Finalmente se busca con estas ayudas potenciar la sensibilidad social, creando un clima favorable para que cualquier persona que resida en la Comunidad de Madrid pueda lograr su desarrollo personal en todas las facetas vitales.”