El Tribunal Constitucional levantó hoy las restricciones a las parejas homosexuales alemanas para adoptar niños, por considerarlas discriminatorias y contrarias al principio de igualdad ante la ley
orgullogaymadrid.com | 19 FEB 2013
Los jueces de la instancia de la que se ha derivado esta decisión, que tiene su sede en Karlruhe (al suroeste del país), han fallado en favor de la demanda presentada contra la actual normativa, según la cual un homosexual solo puede adoptar al hijo de su pareja si esta es el padre o la madre biológico.
Esto hecho negaba la posibilidad de adoptar a un niño a las parejas homosexuales como tal y les obligaba a que lo hiciera uno de los dos, de manera que, en caso de fallecimiento o ruptura, no se reconocía la tutela del otro. Hasta hoy, la mayoría de parejas de hecho homosexuales que tienen niños adoptados lo lograron solicitándolo uno de ellos, en solitario, de manera que solo este consta como padre legítimo.
Tras la sentencia de hoy, se reconoce la igualdad de derechos en cuestiones de adopción a las parejas de hecho homosexuales y heterosexuales.
En Alemania, el matrimonio igualitario constituye un proceso que consiste en la inscripción de los cónyujes como pareja en el registro civil, al igual que las parejas de hecho. Esto no implica la plena equiparación en materia fiscal, de derecho hereditario ni, hasta ahora, de adopción de hijos.
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